La DGT lo está notificando así, pero una multa con solo una foto del radar puede ser inválida y recurrible

Si has recibido una multa, atención a los detalles
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Las multas por exceso de velocidad son una de las sanciones más habituales en las carreteras españolas. Muchos conductores han recibido alguna vez una carta de la DGT con la típica fotografía del vehículo captada por un radar. En ella aparece la matrícula del coche, la velocidad registrada y la cuantía de la sanción correspondiente.
Sin embargo, algunos especialistas en derecho señalan que no todas estas sanciones cumplen siempre con los requisitos legales. El divulgador jurídico del canal de TikTok “Derecho con Jorge” explica que ciertas multas de radar podrían ser recurribles si no cumplen determinadas condiciones técnicas exigidas por la normativa.
Ojo a si has recibido una multa con solo una fotografía
Según este análisis, una de las claves está en la orden ICT/155/2020, la norma que regula el funcionamiento y control de los radares fijos de velocidad. Este reglamento establece ciertos criterios que deben cumplir los dispositivos encargados de detectar las infracciones.
Uno de esos requisitos tiene que ver con la documentación gráfica de la infracción. En muchos casos, la sanción debe incluir dos fotografías tomadas en momentos distintos del vehículo infractor. Estas imágenes sirven para confirmar con mayor precisión la identificación del coche y la infracción cometida.

El problema es que, según denuncian algunos expertos, muchas notificaciones incluyen solo una fotografía o imágenes que no cumplen adecuadamente con esos requisitos. También se han detectado casos en los que las dos imágenes proceden de una misma foto recortada, algo que podría generar dudas sobre la validez de la prueba.
Otro factor que explicaría esta situación es el uso de radares antiguos o no actualizados. Algunos dispositivos instalados hace años podrían no cumplir completamente con los estándares técnicos actuales. Esto no significa automáticamente que todas las multas sean inválidas, pero sí que en determinados casos podrían existir motivos para recurrir.
Puede salirte más a cuenta pagar la multa con el 50% de descuento
Si un conductor considera que su sanción presenta irregularidades, puede iniciar un recurso administrativo ante la propia administración. Este procedimiento suele incluir dos fases de alegaciones. En caso de que ambas sean rechazadas, el siguiente paso sería acudir a la vía contencioso-administrativa ante un juez.
Eso sí, iniciar un procedimiento judicial requiere tiempo, asesoramiento legal y costes, algo que muchos conductores prefieren evitar. Por eso, muchos optan por pagar la multa con el descuento del 50% por pronto pago. Aun así, expertos recuerdan que cuando una sanción no cumple con la normativa, puede ser anulada por los tribunales, ya que la ley debe aplicarse tanto a los ciudadanos como a la propia administración.