Las plataformas solicitan al Betis conocer el acuerdo con Bitton
Piccini: "Hay que transformar las sensaciones en victorias"
La otra cara del auto de la Audiencia contra Lopera
Haro y Catalán, dispuestos a convencer a los béticos a base de horas
Las plataformas del Betis, Béticos Por el Villamarín y Por Nuestro Betis, han solicitado de manera formal al consejo de administración del club conocer al detalle el acuerdo alcanzado entre la entidad verdiblanca y Bitton Sport. Así reza la petición de ambas plataformas: EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE ACUERDOS SOCIALES, ADOPTADOS POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., DIRIGIDA AL SR. SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL REAL BETIS BALOMPIE S.A.D., SR. DON ERNESTO SANGUINO GÓMEZ, Y ENTREGADA AYER DÍA 29 DE MARZO.Los firmantes pertenecen tanto a la Asociación BÉTICOS DEL VILLAMARIN y a la Asociación y Pacto de Sindicación POR NUESTRO BETIS; el total del número de acciones de los requirentes es de 6.535 acciones, que representan el 5,56 % del capital social del Real Betis Balompié, SAD.Tras una serie de razonamientos y argumentos jurídicos, se requiere la siguiente información que se copia literalmente del documento presentado:REQUERIMIENTOExpuesto lo anterior, y al objeto de tener un conocimiento pleno de la actuación del Consejo en los asuntos antes tratados, y de conformidad con lo establecido en el art. 251.1 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios que representen un 5% del capital social podrán impugnar también los acuerdos del Consejo de Administración; por lo que a los efectos de ejercitar las acciones prevenidas en este artículo, en relación con el 251 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (Ley de Sociedades de Capital, en su redacción dada por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre) se le requiere a fin de que proceda a la entrega de la siguiente información y documentación:
- Orden del día de la convocatoria del Consejo de Administración a celebrar el 17 de marzo de 2017, dónde se adoptaron los acuerdos publicados en el comunicado oficial antes mencionado.
- Fecha de comunicación a los miembros del Consejo de Administración de la convocatoria y la vía de dicha comunicación (correo electrónico, fax, correo ordinario etc, con los acuses de su recepción en su caso).
- Documentación entregada con anterioridad o en el momento de la celebración del Consejo de Administración a todos los miembros del Consejo, relación de la misma, fecha de entrega y recepción, así como texto íntegro de los mismos.
- Informes solicitados y puestos a disposición del Consejo de Administración, referidos a los asuntos del orden del día (texto íntegro de los mismos).
- Acta completa de los acuerdos adoptados con expresión:
- De la relación de los miembros del Consejo de Administración que estuvieron presentes.
- En su caso, de los Consejeros, que estuvieron representados, así como el documento que acredite que otorgaron tal representación, con indicación del mandante y del mandatario, así como el contenido del mandato.
- Relación de todas las demás personas que en algún momento pudieran haber, presenciado o participado en la reunión del órgano de administración, con expresión de sus datos de identidad y la condición en que asistieron, aunque su presencia o participación no se extendiera a la totalidad de la reunión.
- De las deliberaciones y aclaraciones solicitadas, en su caso por cada uno de los miembros del consejo, con identificación del solicitante y contenido de las mismas.
- De cuántas intervenciones pudieran haber tenido los Consejeros asistentes, con expresión de su identidad y contenido.
- Acuerdos adoptados en la celebración del consejo de administración.
- Contenido íntegro del contrato de opción de compra.
- Copia autorizada con documentos unidos, de la escritura dónde consta la opción de compra y de cuántas escrituras se hubieran otorgado en relación a los acuerdos adoptados por el Consejo de administración que afecten a la titularidad de las acciones, ejercicio de derechos políticos o forma de deliberación o adopción de acuerdos, en su caso.
- Documento de solicitud de inscripción de la titularidad de acciones del Real Betis Balompié, S.A.D. por Bitton Sport, S.L, con expresión de fecha de entrada de la solicitud en la entidad, así como del informe recibido por el CSD, al que han hecho referencia los Consejeros Delegados en su rueda de prensa y de cuánta otra documentación remitida por el CSD, se refiera a este asunto.
- Copia de todos los informe jurídicos solicitados y emitidos en los últimos años con relación a las peticiones de inscripción de BITTON SPORT, S.L. en el libro de socios del RBB SAD y, en los mismo términos, respecto de las peticiones de inscribir acciones nominativas a su nombre.
- Copia de los acuerdos suscritos con DESARROLLOS EMPRESARIALES ELVAS, S.L., BITTON SPORT, S.L., D. Luis Oliver Albesa o cualquier persona o entidad relacionada con ellos.
- Copia de la Due Diligence, que se hubiese practicado en su caso, a BITTON SPORT, S.L.
- Igualmente se requiere para que se certifique si se ha cumplido con lo prevenido en los artículos 104.4 y 116 de LSC y en los Estatutos del RBB SAD, de dar traslado previo a FARUSA, del cambio de titularidad. Se solicita toda la documentación al respecto.
- Copia literal de la inscripción practicada en los libros registros de socios y de transmisiones del cambio de titularidad de las acciones a favor del nuevo titular, y de cualquier otra inscripción relacionada o complementaria de dicho cambio de titularidad.
- Los pactos y acuerdos en relación a los derechos políticos de las acciones que han sido objeto de opción de compra, y a los que han hecho mención los Consejeros Delegados en la rueda de prensa de 20 de marzo de 2017, que se recoge en los siguientes enlaces
- Informe de las actuaciones que se hubieran llevado a cabo en ejecución de acuerdos.
Se ha de entender que el contenido de este requerimiento no presupone una transgresión de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, no siendo preciso el consentimiento del interesado, dado que los datos que pudieran contenerse en la información y documentos requeridos, son datos que se recogerán en fuentes accesibles al público (escritura pública, Registro Mercantil, etc…); y cuando su tratamiento responde a la libre y legitima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento, y control implica necesariamente a la conexión de dicho tratamiento con fichero de tercero; y máxime cuando la comunicación que se requiere tendrá por destinatario al Ministerio Fiscal, a los Jueces o Tribunales.En el supuesto caso de que se negare a expedir la información y documentos que se le requiere, con independencia de las consecuencias legales que ello produzca, procederemos sin más a solicitar judicialmente la misma, de conformidad con lo establecido en el art. 256.1-4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sevilla a 27 de marzo de 2017
