Lopera y Oliver, inhabilitados por ocho y 15 años

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Manuel Ruiz de Lopera, inhabilitado.
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El titular del Juzgado Mercantil Nº1 de Sevilla ha declarado culpable al expresidente del Betis Manuel Ruiz de Lopera por mala gestión en el concurso del club, causando así su insolvencia, y ha condenado al también expresidente bético José León y al exdirectivo Luis Oliver al pago solidario de 944.000 euros.En una sentencia comunicada hoy, el juez considera culpables y decreta su inhabilitación en el cargo a León por 11 años, a Oliver por quince, a 'Farusa' (empresa familiar de Lopera) por dos, al propio Lopera por ocho, a Rufino González por dos y seis meses, a Manuel Castaño por cuatro años y a Jaime Rodríguez Sacristán por cinco y seis meses, entre otros.Señala que en la causa contra Lopera se incluye el pago anticipado de deuda a la Agencia Tributaria y que no se han demostrado ni cuantificado los daños y perjuicios para el club en esta etapa y, por tanto, no se le pueden exigir a este expresidente indemnizaciones al club.Añade la sentencia que en el tiempo que el consejo del Betis fue presidido por José León, con Luis Oliver como consejero encargado de deportes, está demostrado que hubo operaciones en las que se simularon intermediaciones que no son reales, es decir "comisiones fraudulentas".Según señala el juez, en este periodo de León y Oliver se detectan inexactitudes graves en los documentos que acompañaban a la solicitud de declaración de concurso -en concreto la lista de acreedores-, considerando fraudulenta la salida de bienes y derechos del patrimonio del Club.Por lo anterior, el juez señala que Luis Oliver y José León deben indemnizar solidariamente al Club en la cantidad de 944.000 euros, a los que hay que añadir otros 71.914 que deberán ser devueltos por Luis Oliver.El titular del Juzgado ha decretado también la pérdida de cualquier derecho de crédito o contra la masa que los anteriores pudieran ostentar en el concurso.A continuación la sentencia y las inhabilitaciones:JOSÉ LEÓN GÓMEZ, durante un periodo de 11 años, “FAMILIA RUIZ ÁVALO, S .A.” (FARUSA) durante un periodo de 2 años, MANUEL RUIZ DE LOPERA Y ÁVALO durante un periodo de 8 años, RUFINO GONZÁLEZ NAVARRO, durante un periodo de 2 años y 6 meses. MANUEL CASTAÑO MARTÍN, durante un periodo de 4 años, JAIME RODRÍGUEZ SACRISTÁN CASCAJO, durante un periodo de 5 años y 6 meses FRANCISCO NUCHERA CEJUDO, durante un periodo de 4 años. ÁNGEL VERGARA GARCÍA, durante un periodo de 3 años, LUIS OLIVER ALBESA, durante un periodo de 15 años. EDUARDO PEÑA RODRÍGUEZ, durante un periodo de 2 años, JUAN CARLOS ROLDÁN REINA, durante un periodo de 2 años, LUIS REMENTERÍA SÁNCHEZ, durante un periodo de 2 años, y JOAQUÍN ZULATEGUI ERASO, durante un periodo de 2 años. Se declaran cómplices a BASTOGNE CORPORACIÓN SL y SPORT TRANSFER MANGEMENT. Por el contrario, el juez absuelve de los pedimentos formulados en su contra a LUIS NAVARRO QUIJANO, ANTONIO ÁLVAREZ SEGURA, JOSÉ MARÍA BLANCO CHIA, ÁNGEL MARTÍN VEGA, ORIÓN CONSULTORÍA Y GESTIÓN SL, LUCERHNA TECHNOLOGY SL y IUSVELÁZQUEZ SL. El juez de lo Mercantil N.2 de Sevilla decreta la pérdida de cualquier derecho de crédito o contra la masa que los anteriores pudieran ostentar en el concurso. El juez condena a José León Gómez, a Luis Oliver Albesa y BASTOGNE CORPORACIÓN SL a que indemnicen solidariamente al Real Betis Balonpie en la suma de 354.000 € más intereses legales. Condeno a José León Gómez, Luis Oliver Albesa y SPORT TRANSFER MANAGEMENT a que indemnicen solidariamente al Club en la suma de 590.000 € más intereses legales. Condeno a Luis Oliver Albesa a que indemnice al Rela Club Balonpie en la suma 71.914`98 € más intereses legales. Por ultimo, el juez desestima el resto de los pedimentos resarcitorios formulados por la AC y el MF.