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Andrés Iniesta gana dos querellas millonarias: la Audiencia Nacional le da la razón

Andrés Iniesta saluda antes de un partido (Foto: Cordon Press)
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Andrés Iniesta ha salido victorioso de sus pleitos con la justicia. La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha otorgado la razón al exjugador del FC Barcelona frente a las reclamaciones de la Agencia Tributaria acerca del IRPF presentado por el de Fuentealbilla entre los años 2010 y 2015.

Iniesta había sido sancionado con más de 4 millones de euros. Un castigo que ahora, tal y como ha informado El Confidencial’, ya es historia para el deportista. Al que fuera campeón del mundo con la Selección Española se le acusaba de haber cometido irregularidades en cuanto a la tributación de sus derechos de imagen, que se los había cedido a la empresa Maresterey.

La inversión millonaria de Iniesta para intentar reflotar uno de sus negocios: trece años de pér

El propio Andrés es el socio mayoritario de esa entidad, por lo que esa operación lo que le permitía era pagar un 25% por el Impuesto de Sociedades en lugar del 45% de IRPF que tendría que abonar en caso de declararlo como particular.

Los derechos que estaban siendo objeto de investigación del Fisco eran aquellos pertenecientes a su etapa como jugador del FC Barcelona. Además, se estaban investigando, también, los pagos que el club blaugrana le hizo al agente del jugador manchego, Ramón Sostres.

Andrés Iniesta obtiene la razón en su litigio con la Agencia Tributaria

El tribunal ha considerado que las liquidaciones de los años 2010 y 2011 “habrían prescrito”, por lo que las apelaciones de la Agencia Tribubtaria Eben ser rechazadas. De igual manera, las reclamaciones correspondientes al periodo entre 2012 y 2015 han quedado desacreditadas.

La Audiencia Nacional ha concluido que Iniesta respetó en todos sus pagos la regla del 85/15. Tal y como explica el citado medio, este método se basa en dividir el salario que el atleta percibía de su club, de manera que el 85% lo recibía a través de un contrato laboral, abonando el IRPF correspondiente, y el 15% restante, correspondiente a los derechos de imagen, lo hacía a través de su empresa.

Acerca de los pagos de otras marcas a Andrés Iniesta derivados de sus derechos de imagen, desde el Tribunal destacan que “acude al método de la distribución de resultados, cuando (...) este método es subsidiario al de precio libre comparable, sin que puedan conocerse las razones. Habiendo utilizado un método subsidiario, sin justificación suficiente de la imposibilidad de aplicar los principales, la valoración debe ser anulada, y como consecuencia, la sanción derivada”, como se lee en la sentencia.

Iniesta, en un entrenamiento del Emirates Club (FOTO: Emirates Club).

Los pagos a su agente, aún por resolver

Cabe resaltar que el tema de los pagos a Ramón Sostres, su agente, aún no se ha resuelto. Las investigaciones siguen centrando el foco en la relación entre Iniesta, Sostres y el club, que pagó a Tax Fides, la empresa del representante, por “supuestas labores de representación y gestión”.

En cambio, la Agencia Tributaria sostiene que este negocio trabajaba solo para el que fuera el ‘8’ culé. “En realidad retribuyen los servicios de representación prestados por dicho agente al jugador en las negociaciones de sus contratos", defienden los magistrados. "Por este motivo, se imputan al señor Iniesta, en concepto de rendimientos del trabajo personal, la cantidad de 495.635,00 euros", afirman.

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