Es Noticia
Nuevo protocolo para bodas y actos sociales en Valencia: Hay que avisar al Ayuntamiento
  • Mi perfil
  • Salir

Nuevo protocolo para bodas y actos sociales en Valencia: Hay que avisar al Ayuntamiento

DMQ
Foto autor
Isidoro Hernández / EFE
Bodas poscoronavirus
Bodas poscoronavirus

La organización de actos sociales en los que se sirvan alimentos deberá comunicarse previamente a la autoridad municipal, en caso que esté previsto que superen las 50 personas, y contar con autorización previa municipal, en caso de que se prevea superar los 150 asistentes. Así lo establece el protocolo de Salud Pública para eventos sociales donde se sirvan alimentos en el contexto de la pandemia por covid-19, elaborado por la Conselleria de Sanidad, hecho público este viernes.

El objetivo de esta norma es establecer un protocolo para la implantación de medidas excepcionales y temporales para la celebración de este tipo de actos, cualquiera que sea su motivación y su lugar de celebración, de manera que se eviten situaciones que puedan suponer un mayor riesgo de exposición y transmisión del virus.

AFOROS Y REQUISITOS PARA LA CELEBRACIÓN

Así, en el caso de establecimientos con aforo conocido y con Registro Sanitario (como por ejemplo los salones de banquetes), el aforo será del 75 % en el interior del local, y del 100 % en caso de que el consumo de alimentos o bebidas se realice en terraza.

En el caso de lugares sin aforo conocido (como por ejemplo residencias privadas) o sin Registro Sanitario, la celebración estará supeditada a la comunicación previa por parte de las personas organizadoras a la autoridad municipal, si está previsto superar las 50 personas.

En el supuesto que se prevea superar las 150 personas será preceptiva la obtención de autorización previa municipal, que se resolverá en base a la situación epidemiológica del momento y a la implantación por parte de la organización de medidas de prevención de acuerdo con las especificaciones y exigencias técnicas.

Además, en los actos con más de 150 asistentes, los organizadores deberán disponer de un Plan de Contingencia ante la aparición de casos sospechosos de covid-19.

Cuando la afluencia se prevea superior a 400 personas se deberá contar con la autorización previa de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, y los organizadores deberán disponer de un listado de asistentes al evento y medio de contacto disponible, cumpliendo con las normas de protección de datos.

Reabren Bares y terrazas en Gandía y Benidorm por la fase 1 (Foto: EFE)
Reabren Bares y terrazas en Gandía y Benidorm por la fase 1 (Foto: EFE)

MEDIAS DE SEGURIDAD

El protocolo de Sanidad contempla que en caso de celebrarse un acto de este tipo, las mesas deberán estar separadas a 1,5 metros de distancia, la ocupación máxima será de 10 personas y se recomienda facilitar la agrupación de convivientes.

Los actos podrán realizar su actividad hasta la 1:00 horas, y durante la celebración no está permitido el baile, excepto el de los novios, cuando se trate de una ceremonia nupcial.

El uso de la mascarilla será obligatoria para las personas trabajadoras y asistentes al evento, excepto en el momento en que se esté consumiendo, y no se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.

Deberá haber dispositivos con gel hidroalcohólico en la entrada y, a ser posible, distribuidos en otras ubicaciones de manera que puedan ser utilizados con la frecuencia suficiente, y se deberá disponer de papeleras con pedal y tapa para poder depositar el material desechable.

Se recomienda evitar el servicio de cocktail de manera previa al banquete, y en caso de realizarlo, se recomienda que sea asistido, estableciendo puntos de entrega diversos para evitar una excesiva concentración de personas y evitando mesas con snacks no envasados o platos compartidos.

Para el servicio de barra libre tras el banquete, se recomienda optar por un servicio en mesa, y si se realiza el servicio en barra, se organizará de manera que permita mantener una distancia de 1,5 metros entre clientes.

0 comentarios
Escribir comentario 0 comentarios
Deja una respuesta

Información básica de Protección de Datos:
Responsable de los datos: El Desmarque Portal Deportivo, S.L.
Finalidad: con la que se tratan sus datos personales: gestión de comentarios en el blog.
Derechos que le asisten: podrá acceder, rectificar y suprimir los datos, así como revocar la autorización para el tratamiento de los datos, ejercitar los derechos de limitación, portabilidad, y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose por escrito a la dirección: legal@eldesmarque.com.
Información adicional: puede consultar la información detallada en el siguiente enlace: https://www.eldesmarque.com/politica-de-privacidad (apartado “Gestión de comentarios en foros y blogs”).

Cancelar

Cargando

Has preferido rechazar las cookies, regístrate para acceder al contenido

El registro permite navegar rechazando el aviso de cookies, pero no implica dejar de recibir publicidad ni acceso a contenido o ventajas exclusivas. Si ya estás registrado, haz click aquí para acceder.

Recuerda que tienes la opción de aceptar las cookies para acceder al contenido sin registrarte