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Acuerdo con el Valladoild por el litigio de Sesma
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Acuerdo con el Valladoild por el litigio de Sesma

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En fecha reciente, los servicios jurídicos del Cádiz C.F., S.A.D. y del Real Valladolid S.A.D. han propiciado un acuerdo sobre el litigio que aún subsistía con motivo de los derechos de traspaso del jugador Jonathan Sesma.

Cabe recordar que, en el contrato firmado entre ambos clubes y que formalizaba dicho traspaso, se estipulaba una cantidad fija, más un variable en función del número de partidos que el futbolista disputase con el club vallisoletano en las tres siguientes campañas. En consecuencia, y una vez abonado el fijo, el Cádiz fue emitiendo y reclamando al Valladolid las correspondientes facturas por el mencionado variable, según se iba devangando, si bien la negativa del club castellano al abono de las mismas, propició que el asunto llegase a los Juzgados de Valladolid.
 
Tras múltiples vicisitudes, el Cádiz obtuvo una primera sentencia favorable del Juzgado número 11 de dicha capital, que propició el abono de la primera factura reclamada, la correspondiente a la campaña 2007-2008, más los intereses y las costas. Posteriormente, fueron igualmente objeto de reclamación judicial acumulada las relativas a las campañas 2008-2009 y 2009-2010. Pues bien, si inicialmente el club pucelano negó la procedencia de las mismas, en fase judicial, y en esta ocasión ante el Juzgado número 6, ha decidido allanarse a la demanda y obligarse igualmente al abono del principal reclamado, así como los intereses y las costas devengadas, esto es, al total de la reclamación, la cual se hará efectiva en un calendario de pago consensuado con la entidad cadista.
 
El responsable de los servicios jurídicos del Cádiz C.F., Martín José García Marichal, que ha llevado el tema de forma personal, valoraba así el acuerdo:
El litigio se planteó exclusivamente por la negativa del Valladolid a reconocer la procedencia de unos pagos que estaban perfectamente documentados, por lo que estamos seguros de que el resultado de este segundo procedimiento judicial habría de ser igualmente favorable a nuestra Entidad. Sin embargo, con el acuerdo homologado judicialmente, no solo se confirma lo expuesto, sino que confiamos además en haber ganado un tiempo que, en las presentes circunstancias, resulta un valor añadido”.
Finalmente, tan solo reseñar que el mencionado convenio de realización de la deuda fue sometido al visto bueno de la Administración Concursal, que dio su aprobación.

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