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Patronales del ocio presentan escrito al juez para ser acusación popular en el caso de Dani Alves

ElDesmarque

La patronal del ocio nocturno de Cataluña Fecasarm y la nacional Spain Nigthlife han presentado un escrito a la jueza del caso de la presunta violación cometida por el futbolista Dani Alves para ser acusación popular en la causa, como medida disuasoria y porque sería un delito que afecta a "intereses colectivos". Un Dani Alves que ha sido cambiado de prisión.

En el escrito dirigido a la titular del juzgado de Instrucción 15 de Barcelona, al que ha tenido acceso Efe, ambas patronales argumentan para ser aceptadas como acusación popular que, entre otras de sus finalidades, está "la prevención general intimidatoria para evitar futuras acciones similares en locales de ocio nocturno o en sus inmediaciones". "Este no solo es un interés legítimo, sino que preserva la futura comisión de futuros delitos similares", esgrime el escrito.

Las patronales catalana y española recuerdan, en este sentido, que la acusación popular "no actúa por interés propio", sino en defensa de la "legalidad" y más, agrega el escrito de personación en la causa, teniendo en cuenta que en este caso "ostentan un claro interés legítimo y personal junto al interés general existente", al haber tenido lugar los hechos objeto de investigación en un local de ocio nocturno.

Las patronales consideran de esta manera que su personación en la causa es de "gran utilidad", en la medida en que se trata de delitos que "afectan a intereses difusos o colectivos". Subrayan, asimismo, que se trata de unos hechos que "dañan gravemente la imagen" de los locales de ocio nocturno tanto a nivel de Cataluña, como a nivel nacional e internacional.

Argumentan, además, que no se encuentran en ninguno de los supuestos previstos por la legislación vigente para ser excluidas de un proceso judicial en curso como es el de este caso, por un delito contra la libertad sexual, puesto que media una denuncia previa por parte de la víctima.

De esta manera, se acogen al artículo 191 del Código Penal, que en ningún caso excluye a la acusación popular de perseguir los delitos que atentan contra la libertad sexual. "Para proceder por los delitos de agresiones, acoso o abusos sexuales, será precisa denuncia de la persona agraviada, de su representante legal o querella del Ministerio Fiscal", recoge el escrito para fundamentar su solicitud.

También, esgrimen el articulo 125 de la Constitución, en el que se reconoce la potestad de ser acusación popular sin que sea necesaria la "condición de ofendido" por el delito, es decir, sin ser la persona directamente afectada.

"Cuando el actor popular acciona, no en interés propio, al no ser la víctima u ofendido por el delito", sino en “protección de la legalidad e interés social, asume un papel parecido al que ostenta el Ministerio Fiscal, ejerciendo la función pública de acusar", razonan las patronales en base a la legislación.

Además de la legislación, indican que el Tribunal Constitucional ha configurado la acusación popular "como derecho fundamental", cuando el interés común que se defiende mediante dicha acción "sirva además para sostener un interés legítimo y personal".

Por todo lo expuesto, consideran que procede aceptar a ambas patronales como acusación popular, "habida cuenta de que los hechos han ocurrido en España y, concretamente, en el interior de un local de ocio nocturno" de Barcelona, hecho que "daña gravemente la imagen" de los locales de ocio nocturno tanto a nivel de Cataluña como a nivel nacional e internacional.

En el escrito, alegan como otro de los razonamientos para apuntalar su petición que las patronales del ocio nocturno ya han sido acusación popular en múltiples procedimientos instruidos a raíz de delitos graves perpetrados en espacios de ocio nocturno o en sus inmediaciones.

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