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Es Noticia

La RFEF desestima el recurso del Betis y sanciona con un partido a Lo Celso

(Foto: LaLiga).
ElDesmarque

La RFEF ha emitido este viernes la resolución del acta del Real Sociedad-Real Betis, donde Lo Celso fue expulsado por doble amonestación. Una decisión cuanto menos polémica de Prieto Iglesias, que desató el enfado de Quique Setién.

Así las cosas, la Federación ha decidido suspender con un partido a Lo Celso, que se perderá la ida de los cuartos de final. Así lo emite: "Suspender por un partido al jugador del Real Betis Balompié, D. Giovani Lo Celso, por doble amonestación arbitral y consiguiente expulsión. La primera por infracción de las Reglas de Juego. La segunda por pérdida de tiempo, con multa accesoria en cuantía de 350 € al club y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.f) y j), 113.1 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF".

Una decisión que recurrió el Real Betis, aunque la RFEF ha desestimado ese recurso: "Tras analizar las alegaciones presentadas por el Real Betis Balompié, SAD, y de visionar la pruebas videográficas por él aportadas, sólo puede concluir que la acción del jugador amonestado es compatible con la descripción de los hechos que efectúa el colegiado. En el acta del encuentro. En consecuencia, no se aprecia el error material manifiesto invocado como fundamento de las alegaciones del club. Y ello porque la prueba aportada que tiende a demostrar una distinta versión de los hechos -en este caso, el club presenta una descripción cronológica de los hechos que anteceden a la amonestación que demostrarían, en su opinión, esa versión distinta- no es suficiente para que este órgano disciplinario sustituya la descripción de la apreciación del árbitro reflejada en el acta. Es necesario que se trate de un error claro o patente. Independientemente de toda opinión, valoración, interpretación o calificación jurídica que pueda hacerse. Circunstancias que no se da en este caso".

El Betis tiene 10 días para recurrir

No obstante, el Betis aún dispone de diez días para recurrir de nuevo: "Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación. En el plazo máximo de diez días hábiles. A contar desde el siguiente al que se recibe la notificación".

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