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Oficial: las elecciones a la RFEF, el próximo 9 de abril

EFE - ElDesmarque

Las candidaturas a la presidencia de la Federación Española de Fútbol (RFEF) se podrán presentar a partir del próximo día 19 y hasta el 9 de marzo, según el calendario electoral hecho público este viernes por este organismo para los comicios que celebrará e lunes 9 de abril.

El lunes 12 de marzo será la fecha en la que se proclamen provisionalmente las candidaturas a la presidencia, según la convocatoria, que fija el jueves 15 para la proclamación definitiva de éstas y establece también que el plazo para impugnar el proceso de la convocatoria ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) concluirá el 23 de febrero.
La RFEF publicó igualmente este viernes el reglamento electoral que regirá las elecciones, aprobado por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes (CSD) el 31 de enero de 2017, que determina que los candidatos deberán ser presentados como mínimo por el quince por ciento de los miembros de la asamblea (140) y cada miembro de ésta podrá avalar más de uno.
"Podrá ser candidato cualquier persona española y mayor de edad que no incurra en causa de incapacidad o inelegibilidad (art. 36). Si algún miembro de la comisión electoral deseara presentar su candidatura deberá, previa o simultáneamente, cesar en aquella a la que pertenezca (art.37)", señala. El reglamento impide que sea elegido quien "esté sujeto a inhabilitación acordada por resolución firme de los órganos disciplinarios de la RFEF, de la FIFA o de la UEFA".
La RFEF también hizo pública la composición de la Asamblea General que votará el 9 de abril, con los nuevos integrantes en el estamento de jugadores y entrenadores por las bajas producidas en la que votó en las últimas elecciones el 22 de mayo pasado, y la de la Comisión Electoral.
Este órgano que organiza y controla los comicios volverá a estar encabezada por Francisco Rubio (presidente del Comité de Competición), junto a María Núñez y Carlos González, integrantes designados por la Comisión Delegada, con arreglo a criterios objetivos, "entre licenciados o graduados en Derecho o entre personas que acrediten experiencia previa o especialización académica en procesos electorales".

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