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Hay un único caso en el que la DGT permite conducir sin cinturón de seguridad 

Antonio García

La Dirección General de Tráfico es el organismo oficial que se encarga de mejorar la seguridad vial en nuestro país. Así, la DGT tiene entre sus funciones ir aplicando diferentes medidas que acaban convirtiéndose en normativas para mejorar la seguridad en todos los sentidos en nuestras carreteras y en nuestras ciudades.

Y uno de los elementos de seguridad que mejor resultado andado desde su implantación ha sido el cinturón de seguridad, un elemento que se convirtió en obligatorio en los asientos delanteros en 1975 en España y a partir de 1992 también en las plazas traseras.

Tal y como apuntan desde la Dirección General de Tráfico, el uso de este elemento de seguridad reduce ni más ni menos que un 66 % es tu habilidades de muerte en caso de accidente y de más de un 76 % en el caso del coche vuelque.

La única excepción que permite la DGT para que un conductor de un turismo no lleve puesto el cinturón

Como no podía ser de otra forma, el hecho de no usar el cinturón de seguridad está castigado con una multa de 200 € así como con la pérdida de tres puntos en el carnet de conducir.

En este sentido, a diferencia de lo que pasaba hace ya unas décadas, hoy en día ya nadie se plantea ir en el coche sin el cinturón de seguridad puesto, pero ello no significa que no exista la obligación de hacerlo siempre.

Es más, desde la propia DGT apuntan que hay una única excepción en la que se puede ir sin el cinturón de seguridad, y esa no es otra que mientras se va marcha atrás realizando la maniobra de aparcamiento. Solo durante ese proceso es cuando los conductores de un turismo pueden no llevar puesto el cinturón de seguridad sin que ello implique una multa por parte de la DGT.

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